Por undécimo año, gestores administrativos colegiados elaboran la declaración de IRPF sin coste alguno para contribuyentes con recursos limitados. Todos aquellos que cumplan los requisitos pueden pedir cita previa en el teléfono 901 44 40 40. El ICOGAM vuelve a colaborar con la Fundación Madrina para atender a mujeres y familias sin recursos en uno de sus puntos de atención
El Colegio de Gestores Administrativos de Madrid(ICOGAM) pone en marcha por undécimo año el «Turno de Oficio de Renta», una campaña en la que cerca de 25 colegiados especialistas en materia fiscal confeccionarán la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a personas con recursos limitados. Este asesoramiento no tiene coste alguno para los contribuyentes y cuenta con todas las garantías legales y tributarias. Todos aquellos que cumplan los requisitos y quieran acogerse al Turno de Renta, pueden pedir cita previa en el teléfono 901 44 40 40. El servicio comenzará el día 11 de mayo.
Tras el éxito obtenido en la pasada edición y como consecuencia de la continuidad de las obras en el edificio de la Sede Colegial del ICOGAM, el Turno de Oficio se ofrecerá de nuevo en las instalaciones del Colegio de Aparejadores de Madrid, bajo todas las medidas de prevención sanitarias mantenidas por la institución en la actualidad y rogando el uso de mascarilla durante todo el proceso de atención presencial.
Esta iniciativa tiene como objetivo ayudar a la comunidad y, a la vez, aligerar la carga de las Administraciones de Hacienda en su labor de confección gratuita de declaraciones. Durante las diez ediciones anteriores del Turno de Oficio los gestores administrativos han elaborado alrededor de 11.500 declaraciones de la renta.
Asimismo, el Colegio de Gestores Administrativos de Madrid renueva su acuerdo con la Fundación Madrina en el marco de celebración de su Turno de Oficio para ofrecer a todas las madres y familias con dificultades pertenecientes a la entidad benéfica la posibilidad de que varios colegiados especialistas en materia fiscal les ayuden de forma totalmente gratuita en la confección de su declaración de la renta.
En el plano técnico, el ICOGAM cuenta con una herramienta informática de gestión del conocimiento para la elaboración de la Declaración de la Renta con el objetivo de mejorar la calidad del servicio. Se trata de una aplicación de software desarrollado a
medida para este Turno de Oficio, y que garantiza un mejor servicio a la ciudadanía. A través de 80 preguntas, cuya cumplimentación no lleva más de 5 minutos, el gestor administrativo obtiene información complementaria más allá de la que posee la Agencia Tributaria.
El «Turno de Oficio de Renta» del Colegio de Gestores Administrativos de Madrid está destinado a todos aquellos residentes en la Comunidad de Madrid que se encuentren en situación de desempleo o que, estando en activo, no tengan más ingresos que declarar que las rentas de su trabajo y, como máximo, dos viviendas (una habitual y una segunda residencia, una de ellas alquiladas con un solo contrato).
No podrán optar a este servicio los ciudadanos residentes fuera de la Comunidad de Madrid, ni aquellos que deban declarar a Hacienda rendimientos por actividades empresariales o profesionales (autónomos), ni los que carezcan de los datos fiscales, entre otras restricciones.
ANEXO: requisitos completos para acogerse al ‘Turno de Oficio de Renta’. Los requisitos para acogerse al servicio son los mismos que para optar a la confección gratuita de la declaración por Hacienda.
Se puede solicitar el turno de renta aquellos contribuyentes que hayan obtenido en 2020:
· Rendimientos del trabajo, con el límite de 65.000 € anuales.
· Rendimientos del capital mobiliario con el límite de 15.000 euros anuales.
· Imputación del régimen de rentas inmobiliarias.
· Ganancias y pérdidas patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta (IIC, fondos de inversión y premios), subvenciones (salvo de actividades económicas) y transmisión de la vivienda habitual.
· Rendimientos del capital inmobiliario con el límite de 2 bienes inmuebles alquilados o 2 contratos de alquiler. No se confeccionan declaraciones de Renta con alquileres turísticos con plataforma.
· Todas las rentas anteriores derivadas del régimen de atribución de rentas.
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